Garantías Bancarias
Hay diferentes tipos de crédito, de acuerdo al uso que se dé a los fondos solicitados. Sin embargo, prácticamente todos tienen como condición la presentación de una garantía, que como su nombre lo indica, garantiza el pago del valor adeudado.
Existen varios tipos de garantías bancarias:
- Garantía personal: Es una forma de contrato por el que una persona asegura el cumplimiento de una obligación contraída por otra persona.
- Garantía solidaria: Es la que otorgan los miembros de un grupo de prestatarios, mediante la cual todos se comprometen a cumplir las obligaciones de cualquiera de los miembros en caso de no pago.
- Garantía quirografaria: La que asegura el pago de una deuda solo con la firma del prestatario.
- Garantía prendaria: Es cuando un bien mueble (electrodomésticos, vehículos, etc.) queda “prendado” y con prohibición de venta hasta que la persona de cumplimiento al crédito.
- Garantía hipotecaria: Esta recae sobre los bienes inmuebles (casa, terreno, etc.), mediante la cual se establece el derecho que tiene sobre esta propiedad la entidad que prestó el dinero y se registra en escritura pública. De tal manera que, en caso de no pago, la institución puede vender el bien para recuperar lo adeudado.
Cabe indicar, que al momento de solicitar un crédito es necesario analizar las exigencias de garantías de la entidad bancaria, considerando bien nuestra capacidad de pago y las implicaciones de un posible incumplimiento. Así también, se debe recurrir solo a las instituciones financieras respaldadas por la Superintendencia de Bancos para evitar estafas.
* Este artículo tiene un fin educativo y no constituye una oferta de productos o servicios de Banco Internacional.
Otros artículos de la educación financiera: